DE LA SUBCOMISION
Artículo 1.- La administración del Salón de Usos Múltiples (en adelante SUM) del CH 287, será ejercida por lo denominada Subcomisión del salón de usos múltiples (en adelante SCSUM).
Tendrá como cometido todo lo atinente al uso del SUM, su mantenimiento y la adjudicación para su uso de los habilitados en reuniones sociales de carácter exclusivamente familiar.
DEL USO DEL SUM para eventos
Articulo 1.- Habilitados
Los propietarios, promitentes compradores e inquilinos (en adelante habilitado) que estén al día en el pago de los gastos comunes y no adeuden suma alguna por cualquier concepto a la Comisión Administradora (en adelante CA) son los únicos habilitados que podrán gestionar el uso del SUM para uso personal. Sin excepciones.
Artículo 2.- Solicitud de uso
La solicitud de uso del SUM se realizará únicamente vía correo electrónico a la dirección admintorredelabahia@gmail.com con una anticipación mínima de 5 días hábiles y un máximo de 30 días calendario.
Artículo 3.- Días y franjas horarias de uso
Se podrá hacer uso del SUM en los siguientes horarios.
De domingo a jueves de 10.00 a 22.00 hs.
Los días viernes y sábado de 10.00 a 01.00 hs.
Artículo 4.- Pedidos simultáneos
Si más de un habilitado solicitase el uso del SUM para igual fecha, tendrá preferencia quien realizó la solicitud en primer lugar.
Artículo 5.- Adjudicación y pago
Efectuada la adjudicación y comunicada al habilitado, éste deberá abonar el costo de uso del mismo 48 horas antes de su ocupación.
El habilitado deberá abonar el importe correspondiente al representante de la SCSUM lo cual se acordará vía correo electrónico a admintorredelabahia@gmail.com .
Articulo 6.- Importe
El importe a abonar será de 2 U.R.
Este importe será utilizado para comprar equipamiento para el SUM y realizar el mantenimiento periódico de su estado general y del espacio abierto.
Artículo 7.- Inventario
La SCSUM entregará al habilitado el inventario de bienes a utilizar, acreditando el buen estado del salón (pisos, paredes, vidrios, instalaciones sanitarias, instalaciónes eléctricas, artefactos eléctricos, parrillero, plantas, etc) que deberá firmar acreditando su conformidad.
Artículo 8.- Apertura y cierre del SUM.
La apertura y cierre del SUM estarán a cargo de un integrante de la SCSUM o el portero del edificio.
Artículo 9.- Condiciones de uso
El habilitado asume la total responsabilidad de los bienes que integran el SUM, debiendo:
9.1.- Encender y apagar las luces del salón correspondientes.
9.2.- Hacer entrega del salón en condiciones óptimas de higiene, situación que se verificará por la SCSUM.
Se entiende por condiciones óptimas de higiene.
· Eliminación total de residuos.
· Baños en perfectas condiciones de higiene.
· Parrillero sin deshechos.
· Retiro de elementos decorativos.
· Vidrios limpios.
· Paredes limpias.
· Pisos limpios.
· Cocina en perfectas condiciones (mesadas, piletas, placard, terraza, azulejos, etc.)
9.3.- El horario de entrega del salón, será a las 9.00 hs del día siguiente al evento a un miembro de la SCSUM o al portero del edificio.
9.4 .- En caso de constatar que la entrega del salón no se ha efectuado en las condiciones apropiadas se aplicará una multa de 2 UR que será pagadera conjuntamente con los gastos comunes del habilitado, aplicándose además la restricción de uso durante 6 meses para todos los habitantes de la unidad.
Responsabilidades del habilitado
Artículo 10.- Mantenimiento de las instalaciones.
El habilitado responderá por todos los daños, faltas u omisiones ocasionadas por usos indebidos, rupturas, deterioros o maltratos de instalaciones, paredes, vidrios, muebles, útiles, plantas, tragaluces de las cocheras, parrillero, artefactos eléctricos, cerraduras, etc.
10.1.-Cuando se registren daños o desapariciones de material, cualquiera sea su naturaleza deberán reponerse dentro de las 48 horas hábiles y estarán a cargo del habilitado.
Caso contrario serán cargadas a la cuenta de sus gastos comunes.
10.2.- En caso de rupturas de una instalación que comprometa la seguridad del edificio (por ej. vidrios), la CA contratará un servicio de guardia policial que será cargada a cuenta de gastos comunes del habilitado.
10.3.- Todo material que quede en el SUM luego de su entrega, podrá ser confiscado para parte de la SCSUM, pues se considerará como material abandonado.
Artículo 11.-Accesos
El acceso al salón se efectuará únicamente por el tercer piso. Queda prohibido la utilización de ambos ascensores simultáneamente para acceso de invitados o servicios del evento.
Artículo 12.- Ámbito
El evento se realizará exclusivamente en las instalaciones del SUM (salón y patio). No se permitirá el uso de pasillos, escaleras y otros ambientes de uso común.
Artículo 13.- Mascotas
Está permitido la presencia de mascotas cuando el SUM se contrata con fines de evento, quedando prohibido cuando el SUM se habilita para uso de esparcimiento común.
Artículo 14.- Música
Se permitirá solamente equipos de música de uso personal, pudiendo ser éste de un máximo de 1000 W de potencia. No se permite el uso de parlantes, amplificación de ningún tipo y música en vivo en ningún horario.
Artículo 15.-Disposiciones generales
15.1. Esta prohibido el retiro de muebles y útiles propios del SUM fuera de éste, cualquiera sea su naturaleza.
15.2. No se permite el uso del salón para fines políticos, religiosos o de lucro.
USO SOLO DEL PARRILLERO Y PATIO
Artículo 16.-Condiciones de uso, adjudicación y pago
Para eventos familiares de hasta 8 personas, podrá ser solicitado el uso exclusivo del parrillero y patio en las siguientes condiciones:
16.1.-La solicitud se realizará únicamente vía correo electrónico a la dirección admintorredelabahia@gmail.com con una anticipación de 48 hs.
16.2.-El costo será de 1 UR que deberá ser abonada 24 hs antes de su utilización.
El habilitado deberá abonar el importe correspondiente al representante de la SCSUM lo cual se acordará vía correo electrónico a admintorredelabahia@gmail.com .
16.3.-Se podrá hacer uso del parrillero y patio en los siguientes horarios.
De domingo a jueves de 10.00 a 22.00 hs.
Los días viernes y sábado de 10.00 a 01.00 hs.
16.4.-La apertura y cierre del SUM estarán a cargo de un integrante de la SCSUM o el portero del edificio.
16.5.- Las responsabilidades del habilitado son las mismas que las detalladas en los artículos 10 al 14 del presente reglamento.
USO DEL PATIO DEL SUM para esparcimiento común
Artículo 17.- Horario de acceso.
El patio permanecerá abierto con fines de esparcimiento para los propietarios, promitentes compradores e inquilinos:
- Diariamente entre las 06.00 y las 22.00 hs.
- En caso de estar alquilado el SUM, deberá ser desocupado una hora antes del comienzo del evento.
17.1 Quedará a cargo de la apertura y cierre del acceso al patio, el portero o miembro de la SCSUM.
Artículo 18.- Mantenimiento de las instalaciones
18.1.- Se prohíbe el uso de pelotas o cualquier otro objeto contundente que ponga en riesgo los vidrios del SUM , tragaluces de las cocheras e instalaciones en general.
18.2.- Se prohíbe el acceso con mascotas.
18.3.- El mantenimiento de la higiene del espacio abierto así como el mantenimiento de las plantas y demás instalaciones del patio, serán de responsabilidad de todos los habilitados.
Se exhorta a los usuarios a utilizar los recolectores de residuos que serán instalados en el patio para mayor bienestar y disfrute de este espacio común.
Artículo 19.-Sanciones
19.1.- Cualquier incumplimiento al presente reglamento generará una multa de 2 U.R. y la pérdida de derechos a usos del SUM por 6 meses a los habitantes de la unidad en cuestion.
19.2.- El pago de esta multa no invalida las sanciones previamente definidas para cada artículo precedente.
19.3.- Ante el incumplimiento de las sanciones establecidas se remite al procedimiento del Banco Hipotecario del Uruguay, Capitulo Sexto, Articulo décimo cuarto: Hipoteca recíproca y renuncia de propiedad.
martes, 3 de febrero de 2009
Reglamento SUM (modificado, 19/02/09)
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ResponderEliminarHola, me parece muy bien la publicación del reglamento. A esto le agregaría la publicación del calendario con los días que el SUM ya esta ocupado, de esa forma uno sabría los días disponibles y le agregaría transparencia a la reserva. Me gustaría que se publique que bienes están disponibles en el SUM, como por ejemplo si hay mesas y bancos en caso de alquilarlo, vajilla, heladera para guardar bebida, etc. De no haber sería bueno ( no se cual es su idea ) volcar el dinero del alquiler en mejorar esos aspectos.
ResponderEliminarSaludos,
Julio.
Propongo el uso de Google Calendar calendar.google.com para cumplir con lo solicitado por Julio
ResponderEliminarConsidero que el horario para uso contratado del parrillero por los propietarios, debería extenderse en una hora. Tener presente que debemos entregarlo en condiciones y para ello, es probable que se necesite dicho tiempo.
ResponderEliminarDe acuerdo con lo de extender el tiempo. En todo caso si alguien hace algo de noche y otro hace algo al día siguiente al mediodía, se puede arreglar entre ellos y si surge un conflicto recurir al SCSUM.
ResponderEliminarTambién se me ocurre una idea que tal vez es cualquiera. Pero pienso que sería bueno proponer a los vecinos que quieran, pagar "contrataciones" por adelantado. Yo por ejemplo pongo 6URs y las proximas 3 veces que lo use no me cobran. Así tal vez se puedan comprar sillas, platos, vasos y esas cosas antes, de forma de que más vecinos puedan aprovecharlos antes.
que bueno eso de Ariel de contrataciones por adelantado. Eso sí después no quiero ver reventas!!! de días . Equipar ese SUM va a salir unos buenos pesos si lo queremos hacer bien y con gusto.
ResponderEliminarFeliz dia de los trabajadores!. Son las 17:20 Hace 10 min. se disparo nuevamente la alarma de incendio, ¿alguien podría decirme si es un problema de la alarma?. Gracias
ResponderEliminarSi bien nos parece fantástico el uso de este blog para mantener informado a los copropietarios del edificio, sinceramente creo que hay mucha gente que no los lee, para lo cual siguiero hacer un grupo de mail con todas las direcciones de email de los propietarios. Por lo menos para mandar el "tema" y el "link" del blog dnd esta publicado. Saludos!
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